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Foto del escritorJose Antonio Guerrero Serrano

El Tribunal Supremo sienta jurisprudencia permitiendo a los autónomos deducirse los gastos de comida

Actualizado: 22 sept 2021

En contra del criterio hasta ahora marcado por Hacienda, el Tribunal Supremo ha declarado en la sentencia 458/2021 que los autónomos pueden deducirse uno de lo gastos más controvertidos de deducir, el de las comidas de trabajo y regalos tanto a clientes como proveedores, sin necesidad de justificar la conexión directa entre el gasto y un ingreso para el negocio.


Hasta ahora, los autónomos no podían deducirse ningún gasto que no estuviera directamente relacionado con el negocio y exigía además una estricta justificación del gasto. Por ello, el fallo del Supremo supone un gran avance para los autónomos ya que muchas veces estos gastos no tienen una relación directa, si no que son costes indirectos para el negocio. Sin embargo, a día de hoy, sigue siendo casi imposible para los autónomos poder deducirse gran parte de los gastos derivados de su actividad, así como ropa de trabajo, teléfono móvil o vehículo.


El Tribunal Supremo, con esta sentencia, no establece una forma de justificar este tipo de gastos para los autónomos, pero sí les facilita el hecho de deducirse estos gastos mencionados anteriormente. Esto se debe a que, aunque la carga probatoria siempre recaiga sobre el contribuyente, el Supremo ha rechazado la teoría que ha venido aplicando Hacienda de que un gasto, para que sea deducible, tiene que estar directamente relacionado con un ingreso.


Así, ante una inspección, el autónomo únicamente tendría que demostrar que la persona a la que ha invitado a comer o la que ha recibido el regalo es cliente o posible cliente, sin que necesariamente tenga que llevarse a cabo finalmente la relación empresarial. Y esta demostración puede ser un email, un WhatsApp o simplemente que el nombre aparezca en la cartera de clientes habituales.


Hasta ahora, la justificación de los gastos que tenían que hacer los autónomos para acceder a deducciones era muy laboriosa y complicada porque tenían que demostrar la correlación directa entre gastos y actividad a la Agencia Tributaria y en la mayoría de casos es muy difícil tener documentación que acredite esta relación.



Además de la comida, ¿cuáles son los gastos más difíciles de deducir?

Gastos relacionados con el vehículo. Es casi imposible probar que el combustible se ha utilizado únicamente para el desarrollo de la actividad o que las reparaciones sean imprescindibles para el desarrollo de la actividad. Respecto al IVA de la compra del vehículo, únicamente pueden deducírselo sin riesgo aquellos profesionales que se dediquen en exclusiva a actividades de transporte.


Teléfono móvil. Igualmente ocurre con el teléfono ya que es muy difícil demostrar que el uso de ese teléfono es exclusivo para la actividad. En el momento en el que el autónomo realiza una llamada personal con el teléfono deja de ser deducible.

Ropa de trabajo. A no ser que se trate de una ropa especializada y de uso exclusivo para realizar un trabajo, o se compre en una tienda de ropa de trabajo, se trataría de un gasto de difícil justificación.


Conclusión. El Gobierno tiene que llevar a cabo una reforma fiscal urgentemente para dotar de más seguridad jurídica a los autónomos y asesores fiscales para que haya claridad respecto a qué gastos son deducibles y qué gastos no lo son.


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